El Gobierno español ha propuesto legislar una baja laboral para las mujeres que sufren regla incapacitante. Aún se encuentra en debate, pero parece que será necesario un diagnóstico médico y podrá alargarse hasta 5 días.
El Gobierno español ha propuesto legislar una baja laboral para las mujeres que sufren regla incapacitante. Aún se encuentra en debate, pero parece que será necesario un diagnóstico médico y podrá alargarse hasta 5 días. Si la ley sale adelante, España se convertirá en el primer país de la Unión Europea en legislar la baja menstrual. Pero… ¿es esta realmente una solución adecuada?
Ventajas de un permiso por menstruación dolorosa
Diversos estudios afirman que más de la mitad de las mujeres sufren dolor en la regla. Un 71% de las mujeres declaran que se han acostumbrado a trabajar con dolor. La legislación gubernamental, aún en desarrollo, establecería un permiso para estos casos. Entre sus ventajas más importantes, destacamos tres:
- Mejoras en la productividad. Según diversos estudios, debido a los dolores menstruales, las mujeres pierden un tercio del tiempo en su jornada laboral en los días del periodo. Reconocer estas pérdidas ayudaría a ajustar mejor los calendarios y facilitar que el trabajo salga adelante.
- Menos visitas al médico. Actualmente, muchas mujeres se ven obligadas a acudir al centro de salud cada mes. Como el dolor por menstruación es cíclico, deben solicitar una baja laboral cada vez que les llega el periodo. Una legislación específica podría ayudar a aligerar estas visitas y descargar el sistema de salud.
- Reconocimiento de una realidad. Según sus defensores, una ley para la regla dolorosa es una forma de reconocer que esta es una realidad para más de la mitad de las mujeres. Se pondría sobre la mesa este problema y se ayudaría a tratarlo con mayor naturalidad.
Inconvenientes de la baja por regla dolorosa
La medida también tiene muchos detractores. El consenso no es general, ni siquiera en el seno del propio gobierno. No en vano, es una medida sin recorrido en Occidente. Entre los inconvenientes que se han destacado, hay tres importantes:
- Discriminación en la empleabilidad de mujeres. Esta es la desventaja más notoria que se ha puesto sobre la mesa. Si la ley entrara en vigor, las mujeres quedarían en desventaja frente a los hombres a la hora de acceder a un empleo. Que una mujer cuente con varios días de permiso mensuales la puede colocar en posición de desventaja. De hecho, en varios países donde está implementado, las mujeres apenas se toman el permiso (lo puedes ver en profundidad más adelante).
- Problemas con la privacidad. El derecho a que nuestros datos sanitarios sean confidenciales está recogido por ley. ¿Cómo encaja eso con que las mujeres se tomen la baja unos días cada mes? Es difícil equilibrar algo que debería ser un asunto personal pero queda incrustado en el ámbito profesional.
- Puede llevar a la estigmatización. Al fin y al cabo, cualquier afección sanitaria ya tiene posibilidad de cursar baja laboral si el médico lo ve conveniente. ¿Es realmente necesario crear una ley específica para la menstruación? Debería ser suficiente que cada mujer vaya al médico en caso de que lo precise. ¿No es esto crear más diferencias entre géneros?
¿Cómo se regula la baja menstrual en el mundo?
¿Cómo podría funcionar una ley sobre la regla dolorosa en España? Podemos echar un vistazo a cómo es la regulación en aquellos países que la han implantado. ¿Ha sido exitosa? ¿O ha traído mayor estigmatización y discriminación?
- Indonesia. Muchos países de Asia cuentan con una regulación específica desde el siglo XX sobre menstruación dolorosa. Indonesia fue uno de los primeros, en 1948. Las trabajadoras pueden tomar dos días de baja si sufren graves dolores. Esta regulación debe estar reflejada en el contrato. Actualmente hay muchas quejas en el país porque, en la práctica, las empresas no permiten que las mujeres tomen estos descansos. Además, muchas empleadas prefieren no solicitarla para evitar ser señaladas.
- Japón. El derecho a baja está regulado en el país nipón desde mediados del siglo XX. La ley dice que solo se podrá tomar en casos en los que las mujeres vean “extremas dificultades” para trabajar. Como en todas las bajas laborales en Japón, la empresa no está obligada a mantener el salario de la trabajadora. En los úkltimos años, únicamente un 0,9% de las empleadas solicitaron el descanso por dolor menstrual en Japón.
- Corea del Sur. La tendencia de solicitar la baja por regla dolorosa está cayendo en los últimos años. Las mujeres tienen derecho a un día de baja al mes, pero cada vez lo solicitan menos. Las razones no están no están claras. Sin embargo, en 2021, la aerolínea Asiana Airlines recibió una multa de casi 1.8000 dólares. ¿La causa? Haber rechazado 138 peticiones de bajas por menstruación dolorosa de sus empleadas.
- Zambia. Aunque el permiso por menstruación está más extendido en países asiáticos, el país africano Zambia también es un buen ejemplo. Allí, las mujeres tienen disponible un día al mes de ausencia por menstruación. Este día es independiente de los 26 días anuales por razón médica que tienen todos los trabajadores del país. De hecho, para tener este día de descanso, no se solicita un justificante médico.
- Europa. Ningún país del viejo continente regula específicamente la baja por menstruación. En 2017, se debatió una ley al respecto en Italia, pero finalmente no salió adelante. En España, algunos ayuntamientos lo implementaron en 2021, como el de Girona. Allí, se ofrecen 8 horas al mes de permiso, recuperables en los 3 meses siguientes.
El mundo del trabajo está cambiando constantemente y adaptarnos es clave. Por eso, confía en profesionales como Jobstoday.world. Ponemos en contacto a trabajadores con empresarios. Publica tu anuncio con nosotros para encontrar a los mejores candidatos. Busca aquí el trabajo de tus sueños. ¡Trabajemos juntos!
Ver más:
- Encuentra muchas más tendencias de recursos humanos (2022).
- ¿Qué más buscan los trabajadores en una empresa? Conoce las formas de atraerlos.
Si tienes problemas para encontrar trabajadores, te cubrimos las espaldas.